En este artículo vas a ver las recomendaciones de los rendimientos del trabajo de cara a la renta del 2023. Estos consejos los ha elaborado el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas (CGE).
La guía que han elaborado es muy extensa por lo que vamos a dividirla en diferentes artículos para facilitar la lectura. Podrás ir leyendo el resto de artículos en los enlaces que iré añadiendo conforme los vaya publicando.
Rendimientos del trabajo
Dietas
No tributan en la renta las dietas que la empresa abona al trabajador por su desplazamiento fuera del lugar de trabajo, si se cumplen determinados requisitos.
Desde el 17 de julio de 2023 están exentos 0,26€/km recorrido, cuando el trabajador realiza el desplazamiento en vehículo propio [antes era de 0,19€/km].
Retribuciones en especie
De cara a 2024, puede plantearle a su empresa cambiar retribuciones dinerarias por en especie de las que no tributan.
Es el caso del cheque-transporte, el cheque-restaurante o el seguro médico que paga la empresa. En el caso del seguro médico es necesario que el tomador del seguro sea la empresa.
Acciones o participaciones
Si le han entregado acciones o participaciones de la empresa en la que trabaja, dicha retribución en especie estará exenta, si se cumplen ciertos requisitos y hasta un límite de 12.000€ o 50.000€ si se trata de una empresa emergente.
Tenga en cuenta que en caso de empresa emergente no se exige el requisito de que la oferta se realice en las mismas condiciones para todos los trabajadores, de tal forma que bastará con que la entrega se realice dentro de la política retributiva general de la empresa y contribuya a la participación de los trabajadores en esta última.
Acciones o participaciones empresa emergente
Si trabaja en una empresa emergente y le han entregado acciones o participaciones valoradas en más de 50.000€, el exceso que supere ese límite tributará en el impuesto, imputándose en el ejercicio en que se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
- Que el capital de la entidad pase a negociarse en Bolsa de valores o similar.
- Que la acción o participación salga del patrimonio del contribuyente.
- Si transcurren 10 años sin que se produzcan las circunstancias anteriores.
Teletrabajo – Cheque restaurante
En caso de que haya teletrabajado durante este año, debe saber que si dispone del «cheque-restaurante» como retribución en especie exenta, podrá utilizarlo si pide comida a domicilio o al lugar desde el que realice el trabajo a distancia.
Vehículo de la empresa
Si su empresa le ofrece cederle el uso de un vehículo para fines particulares, solicite que sea energéticamente eficiente. Cuanto menos contamine el vehículo, mayor será el ahorro fiscal.
Trabajos en el extranjero
Si durante el año 2023 ha realizado trabajos en el extranjero, puede que las remuneraciones percibidas por los mismos estén exentas hasta un máximo de 60.100€.
En ese caso, para no tener problemas en una comprobación administrativa, exija a su empresa que tenga en cuenta esta exención a la hora de practicar las correspondientes retenciones.
Indemnización por despido
Si le han despedido de su empresa, la indemnización obligatoria percibida no tributa hasta los 180.000€. No olvide que la exención exige que se desligue de la empresa que le ha despedido o de otra vinculada, al menos, durante 3 años desde el despido.
El exceso sobre la indemnización obligatoria por el que tiene que tributar se reduce el 30% por irregularidad.
No puede perder de vista, ante la inminencia de un despido improcedente que, para que la indemnización quede exenta, es necesario que dicha improcedencia se reconozca en el acto de conciliación ante el SMAC o por resolución judicial, pero tenga cuidado de que la Administración no pueda percibir indicios de pacto entre la empresa y el trabajador.
No obstante, esto no es necesario en el caso de despidos por causas objetivas.
Prestaciones por paro en modalidad pago único
Si se ha quedado en paro, tenga en cuenta que no tributan las prestaciones reconocidas por la respectiva entidad gestora cuando sean satisfechas bajo la modalidad de pago único.
Esto es posible cuando el importe de la indemnización se destina a emprender una actividad económica o el contribuyente se integra como socio en una cooperativa de trabajo asociado o en una sociedad laboral, pero vinculado a futuro por 5 años.
Bonus
Si ha percibido un bonus en 2023 y desea reducir la tributación aplicando la reducción del 30% por rendimientos generados en más de 2 años, tenga en cuenta que no podrá aplicarla si en los 5 ejercicios anteriores ya aplicó esa reducción por otro rendimiento de similares características.
No obstante, si por la cuantía del rendimiento prefiere aplicar la reducción en 2023 y desea eliminar la ya aplicada en el ejercicio anterior, puede presentar una autoliquidación complementaria suprimiendo la reducción y aplicarla en el ejercicio 2023, ejerciendo tu derecho a optar por la aplicación de la reducción en el ejercicio que desee.
Plan de pensiones
- Si se acerca el momento de tu jubilación y te planteas la posibilidad de rescatar el plan de pensiones, las prestaciones tributan como rendimientos del trabajo, y si se rescata en forma de capital, se puede disfrutar de una reducción del 40% sobre el importe correspondiente a las aportaciones realizadas con anterioridad al 2007.
Antes del rescate debe de hacer cálculos y, además, evita acumular rentas para soslayar la progresividad de la tarifa. - Si te jubilaste en 2021, tienes solo hasta final de este año para decidir si vas a rescatar todo o parte del plan de pensiones y tener derecho a la reducción del 40%.
- Si eres titular de varios planes de pensiones con aportaciones anteriores a 2007 podrás beneficiarte, en más de un ejercicio fiscal, de la reducción del 40%, aunque rescate por la misma contingencia, de acuerdo con el criterio administrativo.
Por tanto, aproveche el período de 3 años para rescatar poco a poco los distintos planes de pensiones por la contingencia de jubilación y, así, minimizar la factura fiscal. - Si durante el año 2023 ha fallecido el titular de un plan de pensiones, los herederos deberán de estudiar cómo rescatar las cantidades – en forma de renta o de capital – y cuándo les conviene rescatarlo, ya que las prestaciones percibidas tendrán que incluirlas en su renta como rendimientos del trabajo, sin que se tribute por ellas en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.