Finanzas y contabilidad

¿Qué es el capital social de una empresa?




El capital social de una empresa se define, como el capital escriturado en las sociedades que revistan forma mercantil salvo cuando, por las características económicas de la emisión, deba contabilizarse como pasivo financiero.

Este se encuentra en el Pasivo del balance, dentro de fondos propios.

Cuando el capital social está parcialmente desembolsado, la parte pendiente figura en el mismo apartado, debajo del capital social, pero va con signo negativo. De esta forma se indica el capital social desembolsado.

Una vez que se ha exigido el dividendo pasivo a los socios este figurará en el balance como activo corriente.

Las aportaciones que se reciben en la suscripción de las acciones y están definidas como aportaciones al capital social, se registra en cuentas de activo, atendiendo a su naturaleza.

El capital social constituye el valor de lo bienes que posee la empresa y la aportación que realizan los socios a una sociedad mercantil a cambio de unos títulos de propiedad sobre la misma. Este capital social aportado por los socios puede ser dinerario o no dinerario. En el caso de las sociedades anónimas estos títulos de propiedad se denominan acciones.

El capital social está dividido en:

Capital social mínimo de una empresa




El Capital social de una empresa ha de tener un mínimo y este depende de la clase de sociedad.

  • En las Sociedades de Responsabilidad Limitada, el capital social no puede ser inferior a 3.000€
  • En las Sociedades Anónimas, el capital social no puede ser inferior a 60.000€

Problemática contable del capital social de una empresa

Aumento o ampliación del capital social de una empresa

El aumento o ampliación del capital social de una empresa puede realizarse a través de la emisión de nuevas acciones o mediante el aumento del valor nominal de las acciones ya existentes.

En el caso de aumentar el capital social mediante el aumento del valor nominal de las acciones ya existentes, es necesario el consentimiento de los accionistas, salvo que se realice con cargo a reservas o beneficios de la empresa.

La forma de llevar a cabo el aumento o ampliación del capital social es mediante:

  • Nuevas aportaciones al patrimonio social de la empresa, ya sea mediante aportaciones dinerarias o aportaciones no dinerarios.
  • Compensación de créditos contra la sociedad.
  • La transformación de reservas o beneficios en capital.

La ampliación de capital social está determinada por dos elementos

  • La proporción o relación que existen entre el número de acciones nuevas que se van a emitir y las acciones antiguas.
  • El precio de emisión.

Cuando se emiten acciones nuevas, el precio, puede ser:

  • A la par, es cuando el precio pagado por la acción, coincide con el nominal del título.
  • Por encima de la par, es decir, con prima de emisión, es cuando el precio es superior al valor nominal. Esto da lugar a la creación de una reserva. Las primas se recogen en la cuenta (110) Prima de emisión, y deben estar totalmente desembolsadas, en la suscripción de las acciones.
  • Liberada, o gratuita, es cuando la ampliación de capital se lleva a cabo contra las reservas de la sociedad. Se caracteriza porque los accionistas obtienen las nuevas acciones sin necesidad de aportar nada.

Aportaciones dinerarias

El aumento de capital social mediante aportaciones dinerarias se suele llevar a cabo para incrementar los medios financieros. Las nuevas acciones emitidas suelen ser ordinarias o con derechos especiales.

1.Por la emisión de las acciones:

  • Si la emisión es a la par.

  • Si la emisión es por encima de la par.

2.Por la suscripción y desembolso, dentro del plazo establecido:

  • Si el desembolso es total.

  • Si el desembolso es parcial

Aportaciones no dinerarias




En este caso, se pone a disposición de los accionistas una memoria en la cual se describen las aportaciones, las personas las cuales deben efectuarlas, el número y valor nominal de las acciones que hayan de efectuarlas, el número y valor nominal de las acciones que se tienen que entregar y las garantías que se van a adoptar.

Estas acciones deben ser liberadas en un plazo de cinco años a partir del momento en el que se acuerda el aumento de capital.

Se caracteriza porque sus acciones se emiten con prima de emisión, para que el antiguo accionista no vea disminuido el valor de su inversión.

1. Por la emisión de acciones:

  • Si se emiten a la par.

  • Si se emiten sobre la par.

Si queda pendiente una parte sin desembolsar, esta se recoge en la cuenta (104) Socios por aportaciones no dinerarias pendientes.

Ampliación de capital por compensación de créditos contra la sociedad

Se produce una transformación del pasivo exigible en capital, por lo que supone un aumento del patrimonio de la sociedad.

Se suprime el derecho preferente de suscripción para los accionistas, salvo que los créditos sean suyos.

Esta ampliación solo se puede realizar cuando:

  • Al menos el 25% de los créditos a compensar sean líquidos, estén vencidos y sean exigibles, y cuyo vencimiento no sea superior a 5 años
  • Se ponga a disposición de los accionistas una certificación del auditor de cuentas de la sociedad.

1. Por la emisión de las acciones:

  • Si las acciones se emiten a la par.

  • Si las acciones se emiten sobre la par.

 Ampliación de capital por transformación de reservas o beneficios

Este aumento de capital solo se puede hacer con las reservas disponibles, las primas de emisión y la reserva legal, siempre y cuando exceda del 10% del capital ya aumentado.

1. Por la emisión de las acciones:

  • Si se emiten totalmente liberadas.

  • Si se emiten parcialmente liberadas.

Reducción de capital social de una empresa

La reducción de capital se puede llevar a cabo mediante:

  • La reducción del valor nominal de las acciones ya emitidas.
  • La amortización de un número de acciones determinados.
  • La agrupación de acciones para ser canjeadas.

La reducción de capital puede ser:

  • Por devolución de las aportaciones a los socios.
  • Por condonación de dividendos pasivos.
  • Para constituir o aumentar reserva legal o la reserva voluntaria.
  • Para eliminar pérdidas.

 Reducción por devolución de aportaciones

La Junta de accionistas son los encargados de señalar la cantidad que hay que abonar, por la reducción del capital, a los accionistas.

Reducción por condonación de dividendos pasivos

Esta reducción consiste en que la sociedad decide no cobrar la deuda que tiene los accionistas que todavía no han desembolsado totalmente sus acciones. Y cubrirlas con reservas libres o disminuir el capital social por la parte no desembolsada.

En el último caso, se produce una disminución del valor nominal de las acciones a las que se les haya condonado el dividendo.

Por constitución o aumento de la reserva legal o reserva voluntaria

Esta reducción no se puede realizar si la sociedad cuenta con cualquier clase de reserva voluntaria o cuando la reserva legal, una vez se haya realizado la reducción, excede del 10% del capital.

El balance que va a servir como base de la operación, debe estar aprobado por la Junta General.

El excedente del activo sobre el pasivo que resulta de la reducción debe atribuirse a la reserva legal, sin que esta pueda superar la décima parte de la nueva cifra de capital.

Una vez reducido el capital, la sociedad puede repartir dividendos, siempre y cuando la reserva legal alcance el 10% del nuevo capital.

  • Para el aumento de la reserva legal

  • Para el aumento de la reserva voluntaria.

 Para eliminar pérdidas

Esta reducción, tiene como objetivo restablecer el equilibrio entre el patrimonio neto y el capital.

Estas pérdidas se pueden compensar:

  • Mediante los beneficios de la sociedad
  • Reduciendo la dimensión contable de la empresa, eliminando dichas pérdidas.

Casos prácticos sobre el capital social de una empresa




1.  Una empresa decide realizar un aumento de capital. La ampliación de capital se va a realizar mediante la emisión de 5.200 acciones de 3€ de valor nominal, emitidas con una prima de 1,5€ por acción.

La ampliación se suscribe íntegramente, se desembolsa en ese momento el mínimo exigido y se realiza la inscripción del capital en el Registro Mercantil.

Antes de empezar a realizar los correspondientes asientos contables vamos a calcular el valor de las acciones emitidas. Para ello lo que hacemos es multiplicar el nº de acciones por el valor de emisión.  5.200 * 3 = 15.600 + (5.200 * 1,5) = 23.400€.

Cuando se emiten los títulos tenemos que hacer el siguiente asiento contable:

Por la suscripción y el desembolso del mínimo exigido: se tiene que desembolsar íntegramente la prima de emisión 5.200 *3 = 7.800€ + 25% * 15.600€ = 11.700€

Por la inscripción del capital social en el Registro Mercantil:

Y finalmente por la reclasificación de los dividendos pasivos:

2.  Una sociedad anónima presenta el siguiente patrimonio neto a día 30 de noviembre, y se aprueba una reducción de capital para absorber las pérdidas.

Esta sociedad se propone dos situaciones diferentes, que son:

  • Reducir el capital social por la cantidad necesaria para restablecer el equilibrio entre la cifra de patrimonio neto y la de capital, sin asegurar un posible reparto de dividendos.
  • Reducir el capital social por la cantidad necesaria para restablecer el equilibrio entre la cifra de patrimonio neto y la de capital, asegurando un posible reparto de los dividendos.

La escritura de reducción de capital se inscribe en el registro mercantil el 31 de diciembre.

  • Lo primero que tenemos que apreciar es que no existe un equilibrio patrimonial. La ley nos dice que el Patrimonio neto de una empresa tiene que ser mayor o igual a 2/3 del capital social reducido, y como podemos apreciar, el patrimonio neto de esta empresa es inferior a su capital social, por lo que esta empresa está obligada a realizar una reducción de capital.

Vamos a calcular a continuación en que cantidad tenemos que reducir el capital social, para ello utilizamos la siguiente fórmula:

Patrimonio Neto = 2/3 (Capital Social reducido);   23.500 = 2/3 * (44.500 – X)  siendo X = 9.250€

En cuento a la reserva legal, podemos reducir la totalidad de la misma, porque la ley solo nos habla del importe máximo de reserva legal no del mínimo.  Pero en este caso no queremos reducir el importe total de las reservas legales, por lo que utilizamos la siguiente formula para calcular cuanto vamos a utilizar de reserva legal.

Reserva legal tiene que ser inferior o igual al 10% del capital social reducido (8.500 – y) = 0,10 * (44.500-9.250) siendo Y= 4.975€

Una vez calculado en cuanto tenemos que reducir el Capital Social y el importe de las reservas legales, vamos a ver el importe de pérdidas podemos compensar.

Si utilizamos el mínimo permitido de reservas legales. El importe de pérdidas a compensar es de 24.225€. Quedando el asiento contable:

En cambio si utilizamos el importe integro de las reservas legales, el importe a compensar es de 27.750€.

  • Reducir el capital social por la cantidad necesaria para restablecer el equilibrio entre la cifra de patrimonio neto y la de capital, asegurando un posible reparto de los dividendos.

En este caso nos encontramos con las ecuaciones del Patrimonio neto y la de las Reservas Legales, y además tenemos que tener en cuenta que se quieren repartir dividendos.  La ley nos dice que podemos repartir dividendos siempre y cuando el Patrimonio Neto sea igual o superior al Capital Social.

Para saber el importe que tenemos que reducir de Capital social tenemos que solucionar la ecuación del PN igual o mayor al CS

23.500 = (44.500 – X); X = 21.000€

Y para saber el importe de las reservas legales

(8.500 – y) = 0.1 * (44.500 – 21.000) ; Y = 6.150€

Y el asiento correspondiente es el siguiente:

Capital social de una empresa

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