¿Has recibido una factura de un taller por la reparación de un vehículo que está asegurado y no sabes cómo se contabiliza? Pues no te preocupes, estás en el lugar adecuado.
Este tipo de operaciones te puede llevar a confusión, ya que intervienen tres partes, el taller, el seguro y tu empresa y puede que no coincida el importe total de la factura con el pago que realmente tienes que hacer al taller.
Pero antes de ver todo esto, asegúrate que la factura del taller está a nombre de la empresa para que sea deducible tanto el IVA como el gasto. Ya que si la factura está a nombre de la aseguradora no podemos deducir nada.
Para ver como tenemos que contabilizar esta factura, nos vamos a dirigir al Plan General de Contabilidad, en concreto a la Norma de Registro y Valoración 17.ª Provisiones y contingencias. Dicha norma establece que «La compensación a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación, no supondrá una minoración del importe de la deuda, sin perjuicio del reconocimiento en el activo de la empresa del correspondiente derecho de cobro, siempre que no existan dudas de que dicho reembolso será percibido. El importe por el que se registrará el citado activo no podrá exceder del importe de la obligación registrada contablemente. Sólo cuando exista un vínculo legal o contractual, por el que se haya exteriorizado parte del riesgo, y en virtud del cual la empresa no esté obligada a responder, se tendrá en cuenta para estimar el importe por el que, en su caso, figurará la provisión.»
Es decir, cuando tenemos un activo asegurado y a causa de un siniestro, total o parcial, vamos a recibir una compensación, tenemos que registrar contablemente la indemnización que vamos a percibir con el reconocimiento del correspondiente ingreso, sin que minoremos la pérdida o gasto producido.
¿Cómo se contabiliza una factura recibida del arreglo de un vehículo asegurado?
Así que, si recibimos una factura por el arreglo de un vehículo asegurado, tenemos que contabilizar por un lado la obligación de pago que contraemos con el taller y por otro lado la indemnización que vamos a recibir por parte de la aseguradora, ambas por sus importes totales.
Por la factura de la reparación:
Por la indemnización de la aseguradora
Una vez contabilizada la factura recibida y la indemnización que vamos a recibir de la entidad aseguradora, llega el momento de contabilizar el cobro y el pago de las mismas y es en este punto donde nos pueden asaltar más dudas.
Pueden ocurrir dos escenarios:
- Que nosotros paguemos el total de la factura del taller y después la aseguradora nos ingrese su parte.
- Que nosotros solo tengamos que pagar una parte de la factura, normalmente se paga el IVA y la franquicia en caso de existir, y el resto lo abona directamente la aseguradora al taller.
En el caso de que nosotros hagamos frente al pago total de la factura y el seguro nos abone su parte, tenemos que dar de baja al acreedor con el pago de la factura y al deudor con el abono del seguro.
Por el pago al taller por la reparación del vehículo.
Al recibir la indemnización del seguro.
Si, por el contrario, nosotros solo abonamos el IVA y la franquicia de la factura del taller y el resto lo paga directamente el seguro al taller, sin que pase por nuestra caja, tenemos que compensar al acreedor y al deudor por el importe que no pagamos al hacerlo directamente la aseguradora.
Caso práctico factura recibida con franquicia
Una empresa tiene un accidente con su vehículo, que está asegurado a todo riesgo con una franquicia de 200€, de acuerdo con la póliza firmada con la aseguradora. El taller le emite dos facturas, una por el importe de la franquicia 200€ con el IVA incluido y otra factura por un importe total de 5.246,68 euros con un 21% de IVA incluido. La entidad de seguros paga directamente al taller la reparación del vehículo.
Por la factura de la franquicia:
Por la factura recibida del taller por la reparación del vehículo asegurado:
Por el importe que ha reconocido la aseguradora como indemnización:
Por el pago que le hace la empresa al taller, donde solo tiene que pagar el importe de la franquicia y el IVA de la reparación:
Por el pago que le hace la aseguradora directamente al taller: