La deducción familia numerosa es una ayuda estatal que obtienen las familias formadas por uno a dos ascendientes con tres o más hijos o hijas, sean o no comunes. Esta deducción puede aplicarse en forma de deducción fiscal en la renta 2020 o bien paga mensual, además es compatible con otras prestaciones estatales, autonómicas y locales.
Además de la deducción estatal por maternidad, existen deducciones de ámbito autonómico, según la Comunidad Autónoma en la que residas, que podrías aplicar en tu declaración de la Renta 2020. Puedes consultarlas en : Deducciones autonómicas.
En este artículo vamos a ver quiénes tienes derecho a esta deducción, cuáles son los requisitos que hay que cumplir, la cuantía y las formas de pago.
¿Quiénes son los beneficiarios de esta deducción?
En función de cada caso, los beneficiarios son:
- En las familias numerosas formadas por los padres y los hijos, los padres.
- En las familias numerosas formadas por un tutor y varios tutelados, el tutor legal.
- En el caso de acogida, tanto preadoptiva como permanente, el acogedor o acogedores.
- En el caso de hermanos huérfanos de padre y madre, los hermanos.
¿Qué requisitos hay que cumplir para poder aplicar esta deducción?
Tienen derecho a aplicar la deducción familia numerosa quienes formen parte de una familia numerosa estando en posesión del correspondiente título justificativo, y cumplan uno o varios de los siguientes requisitos:
- Realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la cual esté dado de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.
- Percibir prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo.
- Percibir pensiones abonadas por Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.
- Percibir prestaciones análogas a las anteriores reconocidas a los profesionales, no integrados en el régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA), de las Mutualidades de Previsión Social que actúen como alternativas a la Seguridad Social.
La deducción por familia numerosa se aplica proporcionalmente al número de meses en los que se cumpla de forma simultánea los requisitos previstos para aplicarla, para cada contribuyente con derecho a la misma.
Esta deducción es incompatible con la deducción por ascendiente con dos hijos separado o sin vínculo matrimonial.
¿Cuál es la cuantía y los límites?
La cuantía varía según la categoría de la familia numerosa:
- General: de hasta 1.200€ anuales.
- Especial: de hasta 2.400€ anuales.
Estas cuantías se incrementan, hasta en 600€ anuales adicionales por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa a partir del 3º.
Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de la deducción por familia numerosa, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales, sin perjuicio de la solicitud de abono anticipado.
Modalidades de cobro
Esta deducción se puede hacer efectiva de dos maneras:
- De forma anticipada, en vista de los distintos supuestos y cumpliendo los requisitos establecidos, mediante la presentación del modelo 143.
- Aplicando la deducción en la declaración de Renta.
Si has percibido cantidades del abono anticipado de forma indebida, debes regular la situación de la siguiente manera:
- Si no estás obligado a declarar; mediante el ingreso de las cantidades percibidas en exceso, presentando el modelo 122.
- Si estás obligado a declarar; regularizas la situación en la declaración de la renta.
¿Se puede ceder el derecho de la deducción?
Cuando dos o más contribuyentes tienen derecho a aplicarse esta deducción, pueden ceder el derecho a favor de uno de ellos. Recibiendo la persona a la que se le ha cedido el derecho el importe de la deducción íntegro.
Esta cesión se puede hacer:
- Presentando una solicitud de abono anticipado de forma colectiva. En este caso se cede el derecho a favor del primer solicitante, quién debe consignar en la declaración de la Renta el importe de la deducción y la totalidad del pago anticipado recibido.
- O bien, se entiende que se ha cedido el derecho a favor de la persona que aplique la deducción en su declaración. El resto de contribuyentes deben hacer constar esta circunstancia en su declaración de la renta, salvo que el que cede el derecho no esté obligado a declarar.
En el caso de que el cedente no está obligado a declarar, tiene que presentar el modelo 121 para la cesión.
La persona que recibe la cesión del derecho debe indicar en la declaración, dentro de la deducción por familia numerosa, que le han cedido el derecho a la deducción y el NIF del cedente.
Compatibilidad
Esta deducción es compatible con la deducción por maternidad y con la deducción por hijos con discapacidad.