¿Cómo facturar sin ser autónomo?




Si has llegado hasta este artículo es porque te ha surgido la oportunidad de ganar algo de dinero extra, fuera de tu trabajo habitual, para el cuál te solicitan que emitas (hagas) una factura, pero te surge la duda de si puedes hacerla sin tener que estar dado de alta como autónomo( es decir, facturar sin ser autónomo)? en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Tranquilo en este artículo te vamos a explicar todo lo que necesitas saber.

Agencia Tributaria

Lo más importante que debes saber, es que, es obligatorio estar dado de alta en la Agencia Tributaria . Este alta no te va a suponer ningún gasto, solo tienes que rellenar el modelo 036 o el 037 (modelo simplificado), y presentar las declaraciones ante Hacienda. Es decir, tienes que presentar los trimestres, los resúmenes anuales y liquidar el IVA y el IRFP.

Según la Agencia Tributaria «las personas o entidades que desarrollen o vayan a desarrollar en territorio español actividades empresariales o profesionales o satisfagan rendimientos sujetos a retención deberán comunicar a través de las declaraciones censales, modelos 036 o modelo 037, su alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, las modificaciones que se produzcan en su situación tributaria, incluyendo la modificación del domicilio fiscal o social, y la baja en dicho censo.»

¿Quién no está obligado a presentar declaraciones censales?

No está obligado a presentar el modelo 036 aquellas personas que se dediquen al arrendamiento de inmuebles que están exentos de IVA. Siempre que esta no sea una actividad empresarial de acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladores del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Una declaración censal es un documento mediante el cual se informa a la Administración tributaria de diversos datos de carácter personal con trascendencia tributaria. Como son el cambio de domicilio, o solicitar la asignación del número de identificación fiscal (NIF).

Como rellenar el modelo 036




Modelo 036 facturar sin ser autónomo

Cuando se presenta una declaración censal hay que indicar en la primera página la causa que motiva su presentación, dentro del apartado A) alta, B) modificación o C) baja, según proceda.

Alta modelo 036 facturar sin ser autónomo

Marcando la casilla 110 solicitas a la Agencia Tributaria la asignación de un número de identificación fiscal (NIF). La Agencia Estatal de Administración Tributaria te asignará dicho número en el plazo máximo de 10 días.

Para solicitar el alta en el ceso de empresarios, profesionales y retenedores tienes que marcar la casilla 111.

Además de estar dado de alta en dicho censo, tienes que cumplir con las obligaciones fiscales, presentar los correspondientes impuestos trimestrales, los resúmenes anuales y liquidar el IVA y el IRPF.

Puedes presentar el modelo 036 o 037 por Internet con certificado electrónico, entregándolo en mano en la oficina de la AEAT o por correo certificado.

facturar sin ser autonomo modelo IVADe manera trimestral tienes que liquidar el IVA que hayas acumulado tanto por las facturas emitidas como por las facturas recibidas (que sean de la actividad). De la diferencia entre ambos IVA nace la obligación de pagar a Hacienda o el derecho a que Hacienda te devuelva dinero. Si quieres saber más sobre la liquidación trimestral de IVA practica con este artículo. 

Seguridad Social




El problema lo vamos a tener con la Seguridad Social. Esta “barre para casa” y dice que están obligados a estar registrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos “todo aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo”.

Asimismo, en el artículo 7.5 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, se indica que “No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores del presente artículo, el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y oídos las organizaciones sindicales más representativas o el colegio oficial competente, podrá, a instancia de los interesados, excluir del campo de aplicación del régimen de la Seguridad Social correspondiente, a las personas cuyo trabajo por cuenta ajena, en atención a su jornada o a su retribución, pueda considerarse marginal y no constitutivo de medio fundamental de vida”.

Se entiende que los ingresos percibidos “no constituyen tu medio de vida” cuando estos no superan el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples más conocido como IPREM. Siempre que tu facturación no supere esta cantidad y las facturas se emitan de manera puntual, se podría justificar ante la Tesorería General de la Seguridad Social que dichos ingresos no constituyen un medio de vida.

 

Como ves existe un vacío legal. Debes demostrar a la Seguridad Social que desempeñas una actividad marginal.

¿Qué es una actividad marginal según la Seguridad Social?




como facturar sin ser autonomo segurdida socialSe puede considerar una actividad como marginal cuando el tiempo de dedicación y la remuneración obtenida es pequeña, cuando no exista un local comercial y la actividad no es regular en el tiempo, entre otras peculiaridades.

La Administración de la Seguridad Social comenta que es un tema difícil de cuantificar ya que no existen parámetros reglamentarios que limiten cuál es el alcance de la actividad marginal.

¿Qué hago entonces?

Lo que debes hacer, es acudir a la Administración de la Tesorería de la Seguridad Social (TGSS) y explicarles tu caso y conseguir que ellos mismos reconozcan que se trata de una actividad marginal. De esta forma puedes evitarte algunos sustos.

Entonces, ¿puedo facturar sin ser autónomo?

Sí,  si realizas una actividad no habitual y facturas por debajo del IPREM.

¿Cómo facturar sin ser autónomo?

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