Cuentas anuales 2020 Formulación, aprobación y depósito




Si te estas preguntando cuando se presentan las cuentas anuales 2020, cuales son los documentos que la forman o si puedes presentar cuentas anuales abreviadas o no, este es tu artículo.

Como ya es sabido por todos al cierre del ejercicio económico se deben formular las cuentas anuales. Estas deben redactarse con claridad y mostrar siempre la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.

Para poder presentar las cuentas anuales, todas las empresas y empresarios tienen que llevar una contabilidad que permita un seguimiento cronológico de todas las operaciones realizadas durante el año. Llevando obligatoriamente un libro de Inventarios, Cuentas anuales y Diario, además de los libros de Actas y un Registro de Socios.

¿Cuáles son los documentos que forman parte de las cuentas anuales?

Las cuentas anuales están formadas por:

Atención:  El Estado de Flujos de Efectivo y el Estado de Cambios en el Patrimonio neto, no son obligatorios para las sociedades que puedan presentar el Balance y Memoria de forma abreviada, ni para las sociedades que puedan aplicar el PGC Pymes.

¿Quiénes tienen que firmar las cuentas anuales?

Las cuentas anuales deben ser firmadas por las siguientes personas:

  • El propio empresario, si se trata de persona física.
  • Por todos los socios ilimitadamente responsables por las deudas sociales.
  • Por todos los administradores de las sociedades.

¿Cuándo se presentan las cuentas anuales de 2020?





Los plazos de formulación y aprobación de las Cuentas Anuales son los siguientes:

  • Para la formulación, el plazo es de 3 meses contados a partir del cierre del ejercicio social, es decir hasta el 30.03.2021.
  • Para la aprobación, son 6 meses contados a partir del cierre del ejercicio social, hasta el 30.06.2021.
  • Para el depósito de las cuentas, tenemos 1 mes contados a partir de la aprobación de las cuentas anuales, es decir hasta el 30.07.2021.
  • Para la presentación de los libros ante el Registro Mercantil el plazo es de 4 meses a partir del cierre del ejercicio, es decir hasta el 30.04.2021.

Cuentas anuales 2020

Límites sobre la formulación de Cuentas Anuales

Una duda muy común en el momento de formular las cuentas anuales, es la referida a los límites de aplicación de cuentas abreviadas, normales o para PYMES.

A continuación, vamos a ver cuáles son los límites para poder aplicar cada uno de los modelos.

¿Quién puede formular cuentas anuales abreviadas?

Una sociedad puede presentar las cuentas anuales abreviadas, en los siguientes casos:

a) Pueden presentar balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria abreviados, las sociedades en las que, a la fecha del cierre del ejercicio, 31 de diciembre, concurran, al menos, dos de las siguientes circunstancias:

  • Que las partidas del activo no superen en total los 4.000.000€.
  • Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 8.000.000€.
  • Que el número medio de trabajadores durante el ejercicio no sea superior a 50.

b) Pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas, las sociedades en las que a la fecha de cierre del ejercicio concurran, al menos, dos de las circunstancias siguientes:

  • Que el total de las partidas del activo no supere los 11.400.000€.
  • Que el importe neto de la cifra de negocios no supere los 22.800.000€.
  • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 250.

¿Quién puede formular cuentas anuales PYMES?

Pueden presentar las cuentas anuales PYMES todas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, individual o societaria, las cuales durante 2 ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre, al menos 2 de las siguientes circunstancias:

  • Que el total de las partidas del activo no supere los 4.000.000€.
  • Que el importe neto de la cifra anual de negocios no supere los 8.000.000€.
  • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.

¿Cuándo una empresa está obligada a auditar sus cuentas anuales?

Además de las disposiciones, de carácter especial, dispuestas por el Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio10, que pueden derivar en que una sociedad deba someter sus cuentas anuales a auditoría de cuentas, debe atenderse a los límites establecidos en el art 257 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Esto es, que durante dos años consecutivos no hayan sobrepasado dos de los tres límites siguientes, quedará
exenta de someter sus Cuentas Anuales a auditoría de cuentas:

  • Total partidas del activo: 2.850.000 €.
  • Cifra de negocios: 5.700.000 €.
  • Número medio de trabajadores: 50.

Cuentas anuales 2020

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