Novedades renta 2019 – 2020




La declaración de la renta 2019 trae consigo una serie de novedades que ha publicado la Agencia Tributaria y que nosotros te facilitamos en este artículo. Algunas de ellas ya nos son conocidas, pero otras no tanto.

Entre las novedades está la modificación de la obligación de declarar, la tributación de los premios y los planes individuales de ahorro entre otros.

¿Quién está obligado a declarar renta 2019?

Están obligados a presentar la declaración de la renta 2019, todos aquellos contribuyentes que hayan percibido en el año 2019 rendimientos íntegros del trabajo por importe de 14.000€, cuando:

  • Procedan de más de un pagador, salvo las excepciones que se recogen en el artículo 96.3 de la Ley del IRPF.
  • Procedan de pensiones compensatorias del cónyuge o de anualidades por alimentos que no estén exentas.
  • El pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
  • Se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

Si tu caso no coincide con lo indicado anteriormente, el límite para declarar por la percepción de estos rendimientos es de 22.000€ anuales.

¿Existe alguna reducción por la obtención de rendimientos del trabajo?

Para el ejercicio 2019 se ha aumentado tanto el importe de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo como el umbral de los rendimientos netos de trabajo que permiten aplicar esta reducción.

Así que, para los contribuyentes que hayan obtenido unos rendimientos netos del trabajo en 2019 inferiores a 16.825€, siempre que no tengan rentas distintas de las del trabajo superiores a 6.500€, excluidas las exentas, se minora el rendimiento neto del trabajo en las siguientes cuantías:

  • Los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 13.115€ tienen una reducción de 5.565€ anuales.
  • Los que tengan rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 13.115€ y 16.825€ tienen una reducción de 5.565€ menos el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 13.115€.

¿Cómo tributan los premios?

A 01 de enero de 2019 entró en vigor la exención de los premios cuyo importe íntegro fuese igual o inferior al 20.000€. Si el premio fuera superior, se somete a tributación respecto de la parte del mismo que excede de dicho importe.

A partir de 2020 también están exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000€

¿Cuáles son los límites excluyente del método de estimación objetiva?





Para la declaración de la renta 2019 se mantienen los mismos límites cuantitativos excluyentes del método de estimación objetiva fijados para los ejercicios 2016, 2017 y 2018:

  • 250.000€ para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales
  • 125.000€ para las operaciones en las que exista la obligación de expedir facturas cuando el destinatario sea una empresa
  • 250.000€ como volumen de compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado.

Para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales se aplica el límite excluyente previsto en el artículo 31 de la Ley del IRPF para el volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior (250.000€ anuales, para el conjunto de sus actividades agrícolas, ganaderas y forestales desarrolladas por el contribuyente) y, para el volumen de compras en bienes y servicios, la cantidad de 250.000€, excluidas las adquisiciones de inmovilizado.

Se mantiene la reducción general del 5% y la reducción del 20% del rendimiento neto para actividades económicas desarrolladas en el término municipal en Lorca (Murcia)…

Obligaciones contables y registrales para actividades económicas

A partir del 01 de enero de 2019 desaparece la excepción de que los contribuyentes que llevaban la contabilidad de acuerdo a lo previsto en el Código de Comercio no estaban obligados a llevar libros registro, salvo para los contribuyentes que desarrollan actividades empresariales cuyo rendimiento se determina en la modalidad normal del método de estimación directa.

El resto de contribuyentes del IRPF que realizan actividades económicas están obligados desde el 01 de enero de 2019 a llevar los libros registros que en cada caso determina la normativa del IRPF, aun cuando lleven contabilidad ajustada a lo dispuesto en el Código de Comercio.

¿Cómo declaran los planes individuales de ahorro sistemático?

Con el fin de asegurar que la aplicación de la exención para los rendimientos de los Planes de Ahorro Sistemático cumple con la finalidad de abordar los problemas derivados del envejecimiento y la dependencia favoreciendo el ahorro, se exige que los contratos de seguro de vida celebrados con posterioridad a 01 de abril de 2019 que instrumenten planes individuales de ahorro sistemático y en los que se establezcan mecanismos de reversión, períodos ciertos de prestación o fórmulas de contraseguro en caso de fallecimiento, cumplan una serie de requisitos.

Estos requisitos no se exigen ni resultan de aplicación a los contratos de seguro de vida celebrados con anterioridad a 01 de abril de 2019, con independencia de que la constitución de la renta vitalicia se realice con posterioridad a dicha fecha.

¿Cuáles son las exenciones de ganancias patrimoniales en supuestos de reinversión en rentas vitalicias?





Al igual que en el caso de los Planes de Ahorro Sistemático y por el mismo motivo, esto es, para asegurar que la aplicación de la exención de la ganancia patrimonial por reinversión en renta vitalicia prevista en el artículo 38.3 de la Ley del IRPF cumple con la finalidad pretendida de fomentar el ahorro previsional por contribuyentes mayores de 65 años, se especifican los requisitos que deben cumplir las rentas vitalicias aseguradoras cuando se trate de contratos celebrados con posterioridad al 1 de abril de 2019, en los que se establezcan mecanismos de reversión, períodos ciertos de prestación o fórmulas de contraseguro en caso de fallecimiento. Requisitos que son los mismos que para los Planes de Ahorro Sistemático.

Lo anterior no resulta de aplicación a los contratos de seguros de vida celebrados con anterioridad al 1 de abril de 2019.

¿Cómo se declaran los premios de loterías y apuestas?

Los premios de loterías y apuestas tiene un gravamen especial. Están exentos para el ejercicio 2019 los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 20.000€.

¿Cómo se declaran los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual cuando el contribuyente no sea el autor?

Desde el 01 de enero de 2019 el tipo de retención e ingreso a cuenta aplicable a los rendimientos del capital mobiliario procedentes de la propiedad intelectual cuando el contribuyente no sea el autor, se reduce del 19% al 15%.

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